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La Ley del IVE implica la cobertura de obras sociales y prepagas

Con la entrada en vigencia de la Ley 27.610, el Gobierno recordó que se debe incorporar "la cobertura integral y gratuita de esta práctica" por parte de estas instituciones. Desde el pasado domingo, la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo entró en vigencia en nuestro país. De esta manera, comienzan a regir ciertas disposiciones […]

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Con la entrada en vigencia de la Ley 27.610, el Gobierno recordó que se debe incorporar "la cobertura integral y gratuita de esta práctica" por parte de estas instituciones.

Desde el pasado domingo, la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo entró en vigencia en nuestro país. De esta manera, comienzan a regir ciertas disposiciones que giras entorno a la normativa. Una de ellas, es la responsabilidad que tienen las prepagas y obras sociales de garantizar el acceso a la IVE de manera "integral y gratuita".

Así, la ley establece que "los servicios públicos de salud, las obras sociales nacionales y provinciales, las entidades y empresas de medicina prepaga" deberán incorporar "la cobertura integral y gratuita de esta práctica".

En un twit publicado desde la Casa Rosada, informaron que ante cualquier "problema, negativa u obstáculo para acceder a la IVE", el mismo puede ser informado al número 0800-222-3444 de lunes a viernes de 9 a 21 y los fines de semana y feriados de 9 a 18.

Cabe destacar que la nueva ley entró en vigencia para todo el país, no se necesitan "adhesiones provinciales ni reglamentación" para ello. Para acceder a la IVE solo se necesita un "consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito". Así lo informó la Casa Rosada en un hilo de Twitter.

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Más información respecto a la ley

En el mismo hilo, la Casa Rosada recuerda que "la ley establece un plazo máximo de 10 días corridos desde el requerimiento para acceder a la práctica en los sistemas del servicio de salud o con su asistencia".

Asimismo, la ley incluye otras prestaciones. Algunas son: "información sobre procedimientos y cuidados posteriores, atención de la salud durante todo el proceso, información y provisión de todos los métodos anticonceptivos disponibles".

Con todas estas nuevas disposiciones, las obras sociales y prepagas deben garantizar un procedimiento. El mismo consiste en una ecografía, la atención clínica y el suministro de Misoprostol. El Programa Médico Obligatorio (PMO) ya incorporó este procedimiento.

Carmela Laucirica

Periodista interesada por las problemáticas sociales y ambientales. También soy Community Manager. Lectora y escritora en mis ratos libres.
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