Actualidad

La Corte Suprema investigará una infracción ambiental de la industria Atanor en Río Tercero

La Corte Suprema decidió que sea la Justicia Federal la que investigue una supuesta infracción por volcamiento de Atanor en Río Tercero. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, dictaminó que sea la Justicia Federal la que instruya una supuesta infracción ambiental de la industria Atanor en Río Tercero. El máximo Tribunal expresó que la causa "es por […]

🕒  4 minutos de lectura

 | 

La Corte Suprema decidió que sea la Justicia Federal la que investigue una supuesta infracción por volcamiento de Atanor en Río Tercero.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, dictaminó que sea la Justicia Federal la que instruya una supuesta infracción ambiental de la industria Atanor en Río Tercero. El máximo Tribunal expresó que la causa "es por una supuesta infracción a la ley 24.051" a raíz de la descarga de efluentes líquidos sin el adecuado tratamiento al río Ctalamochita. 

El fallo del máximo tribunal fue dividido. Mientras los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, consideraron que la Justicia Federal es la que debe investigar, Carlos Rosenkrantz, consideró que debe ser la Justicia Provincial de Córdoba.

Te puede interesar: "Organizaciones civiles piden que la vacante en la Corte Suprema sea cubierta por una mujer"

El fallo de la Corte, con fecha el pasado 10 de febrero, recuerda que la cuestión de competencia entre "el Juzgado de Control, Niñez, Juventud y Penal Juvenil y Faltas de Río Tercero y el Juzgado Federal de Villa María en la causa en que se investiga una supuesta infracción a la ley 24.051, por parte de la empresa Atanor S.C.A. ubicada en el polo químico de la ciudad de Río Tercero, a raíz de la descarga de efluentes líquidos sin el adecuado tratamiento al río Tercero, afluente del río Carcarañá, que desemboca en el río Paraná".

¿Qué plantea la ley?

Dicha ley comprende los delitos en materia ambiental con respecto al tratamiento de residuos peligrosos. Este fallo, expresa que "el juez local declinó su competencia a favor de la Justicia Federal con fundamento en que el río Tercero, luego de atravesar la ciudad homónima, recorre otras localidades que exceden la Décima Circunscripción Judicial, siendo además el principal afluente del río Carcarañá (Santa Fe), por lo que los hechos que se investigan podrían producir una afectación más allá de los límites de la Provincia de Córdoba, lo que determinaría a su criterio la competencia del fuero de excepción".

"Que, por su parte, el magistrado federal consideró prematura tal declaración, en el estado incipiente en que se encuentra la investigación. Con la insistencia del magistrado local, y la elevación del legajo a este Tribunal, quedó formalmente trabada la contienda". 

La causa

El fallo de la Corte Suprema, recuerda que "se investiga la contaminación producida por la empresa Atanor al río Tercero, donde se habría constatado el vuelco de efluentes líquidos con parámetros que determinan la característica peligrosa H12 Ecotóxicos (sustancias o desechos que, si liberan, tienen o pueden llegar a tener efectos adversos inmediatos o retardados en el medio ambiente debido a la bioacumulación o los efectos tóxicos en los sistemas bióticos) de la ley 24.051″.

A su vez, el fallo indica que "específicamente, uno de los recursos ambientales que se encontraría afectado por los hechos investigados es un río interno de la Provincia de Córdoba, que consiste en un río de llanura, continuo, sin accidentes, que confluye con el Saladillo, dando origen al río Carcarañá, que continúa su curso en la Provincia de Santa Fe, donde finalmente desemboca en el río Paraná".

También te puede interesar: "Explosiones en Río Tercero: un pueblo que no olvida la impunidad de Menem"

Los magistrados explicaron que decidieron que sea el fuero federal el encargado de investigar, en este caso, el Juzgado Federal de Villa María, que "lo dicho es suficiente para concluir que en el presente caso existen factores que permiten concluir que los ríos Carcarañá y Paraná podrían, razonablemente y en el marco de la interdependencia que se verifica entre los elementos de una cuenca hídrica, convertirse en cuerpo receptor del efluente contaminante que, prima facie, afectaría al río Tercero".

"Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General interino, se declara que deberá entender en la presente causa en la que se originó la cuestión incidental de competencia, el Juzgado Federal de Villa María, Provincia de Córdoba, al que se le remitirá".

Fuente: Tercer Río Noticias

Enterate acá
Enterate acá

Relacionado

Enterate acá

Más de lo último