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El CELS reclama que se declare inconstitucional el DNU que reformó el sistema de inteligencia

Publicado por:El Resaltador

La organización denuncia que el decreto de necesidad y urgencia 614/2024 habilita al Estado a hacer vigilancia masiva, pone en riesgo el derecho a la privacidad, la intimidad y la libertad de expresión.

Santiago Caputo, el asesor presidencial al frende de la SIDE

Por medio de un comunicado, el Centro de Estudio Legales y Sociales (CELS) le solicita al Poder Judicial que declare la nulidad absoluta y la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia 614/2024

Según la organización, con este DNU, Javier Milei realizó una reforma estructural del sistema de inteligencia que modifica su organización, facultades y objetivos, y afecta los derechos a la privacidad e intimidad, a la autodeterminación informativa y a la libertad de expresión.

En el reclamo, aseguran que cuando el gobierno creó la Agencia Federal de Ciberseguridad (AFC), la autorizó a interceptar comunicaciones privadas -conversaciones telefónicas, correos electrónicos y chats- y a recolectar, adquirir y procesar “toda información relevante para el Sistema de Inteligencia Nacional” alojada en bases o bancos de datos privados o archivos digitales privados.

En ningún momento se especifica qué es relevante.

El CELS remarca que la nueva SIDE no precisa los casos en los que la nueva Agencia puede interceptar comunicaciones, de qué tipo de información se trata ni el procedimiento a seguir, los motivos o propósitos. “Mucho menos aclara lo que implica una ampliación de las facultades estatales de acceder al ámbito privado”.

Estas imprecisiones habilitan al Estado a hacer vigilancia masiva: no se le exige una hipótesis concreta de investigación sobre una persona o grupo ni tiene límites sobre el volumen de datos que pueden ser interceptados o recopilados. De hecho, al modificar la definición de “inteligencia” y “contrainteligencia”, el decreto amplía los justificativos que permiten interceptar comunicaciones privadas.

El decreto tampoco establece un plazo máximo de conservación ni especifica los lugares en que esas tareas de vigilancia se desarrollan (por ejemplo dentro o fuera del país). Ni siquiera establece un mecanismo específico de control interno ni externo.

La Organización de Derechos Humanos creada en 1979 denuncia que la falta de claridad y precisión y la habilitación para que organismos estatales se inmiscuyan en ámbitos privados sin controles adecuados pone en riesgo derechos humanos protegidos especialmente por la Constitución Nacional y tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, entre otros.

«Las prácticas ilegales de inteligencia y vigilancia están instaladas en nuestro sistema. Sobran antecedentes del acopio de información, vigilancia y seguimientos respecto de activistas gremiales, sociales, de organismos de derechos humanos, periodistas y políticos, con base en sus actividades, opiniones y posturas políticas», finaliza el comunicado.

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