Actividad Legislativa

Desde hoy funciona el Registro de Contratos de Locación de Inmuebles en AFIP

La resolución publicada en el Boletín Oficial establece sanciones para quienes incumplan y no presenten la información requerida. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció a el 17 de febrero el régimen de registración de contratos de locación de inmuebles previsto en la Ley 27.551. La Resolución General N° 4933, publicada en el Boletín […]

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La resolución publicada en el Boletín Oficial establece sanciones para quienes incumplan y no presenten la información requerida.

Foto: La Voz.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció a el 17 de febrero el régimen de registración de contratos de locación de inmuebles previsto en la Ley 27.551.

La Resolución General N° 4933, publicada en el Boletín Oficial, da forma a lo dispuesto por el artículo 16 de la normativa nacional.

Desde el organismo de recaudación, indicaron que "la herramienta permitirá obtener información relevante para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos intervinientes en distintas operaciones".

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La resolución obliga a locadores o arrendadores a registrar las operaciones de bienes inmuebles urbanos, arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales, locaciones temporarias de inmuebles con fines turísticos, de descanso o similares.

La normativa contempla la posibilidad de que los intermediarios (corredores, inmobiliarias y escribanos) registren un contrato en representación de sus clientes.

El régimen también prevé que los sujetos que asuman el carácter de locatarios o arrendatarios podrán informar en forma voluntaria un contrato.

Si bien la resolución entra en vigencia a partir de hoy, habrá algunos tiempos de espera. Los contratos celebrados a partir del 1° de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional hasta el 15 de abril de 2021, inclusive.

Todos los contratos deberán ser informados en forma digital ingresando con Clave Fiscal en www.afip.gob.ar al servicio "Registro de Locaciones de Inmuebles - reli-contribuyente". Además de registrar datos, se deberán adjuntar los contratos en archivos ".pdf" o ".jpg".

Condominios

Cuando se trata de un condominio, la registración de los contratos por parte de cualquiera integrantes libera de la obligación a los restantes condóminos, siempre que se haya informado a la totalidad de sus integrantes.

Sanciones

La resolución establece sanciones para quienes incumplan y no presenten la información requerida dentro del régimen de registración de contratos de locación de inmuebles.

Tendrán un período de 15 días corridos desde la celebración de un nuevo contrato o de la modificación de uno vigente.

También están comprendidas las locaciones de espacios o superficies fijas o móviles delimitados dentro de bienes inmuebles como locales comerciales y/o "stands" en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras, etc.

Fuente: Télam.

Juan Martín Maldonado

Soy el community manager de la Coope. Me recibí de Lic. en Comunicación Social pero mi escuela fue ER. La montaña es mi hogar, el trail running mi mayor compañero.
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