Skip to content
Logo El Resaltador

Decretazo de Javier Milei: «A primeras luces, tiene todas las de perder»

Publicado por:Emilia Urouro

Este miércoles 20 de diciembre, Javier Milei anunció el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para desregular la economía. Si bien, es efectivo desde que salió en el boletín oficial, todavía puede caer.

Cacerolazos contra Milei. Imagen: Télam

El DNU se titula «Bases para la reconstrucción de la economía argentina», y promueve fuertes cambios en materia económica. Si bien, está en vigencia – ya fue publicado en el boletín oficial- debe seguir ciertos pasos para permanecer en el tiempo.

La normativa va a tener que pasar por el Congreso, más precisamente, por la comisión bicameral de seguimiento de trámite legislativo. La misma, está conformada ocho senadores y ocho diputados.

Dichas comisiones aún no fueron definidas, por lo que el decreto mantendría su validez siempre y cuando el dictamen de la Bicameral no sea rechazado por el pleno de las cámaras de Diputados y del Senado. Si solo una de las dos cámaras lo apruebe, queda firme.

Te puede interesar: «El ajuste de Milei: ¿Cuánto está dispuesta a tolerar la sociedad argentina?»

«Los DNU son una herramienta que la Constitución habilitó de manera excepcional al poder ejecutivo con la reforma del 94»

Cena, María Julieta. abogada.

Los límites

En diálogo con EL RESALTADOR, la abogada María Julieta Cena, explicó que la Constitución trae un procedimiento de ratificación de esos decretos: Deben ser firmados por todos los ministros, en este caso, la nueva cúpula que fija Javier Milei y por el Jefe de Gabinete, Nicolás Posse.

Luego, el jefe de Gabinete debe enviarlo al Poder Legislativo quien tiene que tener una repartición que es de comisión bicameral permanente, quien ratifica o no la legalidad de los DNU: «Aquí lo interesante es que el Congreso va a definir si le da el okey o si estas cuestiones de inconstitucionalidad explícita merecen su rechazo»

Para tener en cuenta: El Jefe de Gabinete tiene 10 días para mandar el DNU a la Comisión Bicameral. Esta, tiene 10 días hábiles para expedirse sobre la normativa y enviarla al plenario de las dos Cámaras para su tratamiento – puede ser aceptado o rechazado-, pero si la comisión no emite dictamen en el plazo estipulado, el Congreso debe tratarlo de todas formas.

Te puede interesar: Decretazo de Milei: ¿La casta era el pueblo trabajador?

La entrevistada comentó que además del paso por el Congreso, existe una jurisprudencia. Horacio Rosatti, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, es el constitucionalista del organismo. El magistrado ha desarrollado tratados de Derecho Constitucional: «expresamente dice que los DNU que son nulos- aquellos que regulen materia prohibida como la penal, tributaria, electoral o régimen de los partidos políticos- no deberían producir efecto nunca, ni siquiera durante el período entre su emisión y la convalidación o el rechazo del Poder Legislativo». 

No hay urgencia en algunas de las medidas anunciadas, y solo cabe usar DNU en casos excepcionales, solamente cuando no puedan esperarse el tiempo que lleva un proceso de sanción de leyes y haga imposible seguir los trámites ordinarios previsto por la constitución para la sanción de leyes, y no se trate -punto importante para analizar el DNU de Milei- de materias prohibidas, como la penal, tributaria, electoral o régimen de los partidos políticos.

Por ejemplo, en la normativa de reforma de trabajo, se impulsa la creación de un fondo de cese laboral para cubrir las indemnizaciones por despido a partir de un aporte mensual que debería hacer el empleador. Esto va en contra de la Constitución, ya que su artículo 14 bis dice que hay que protegerlo contra el despido arbitrario no reducir el daño. Con este fondo, la protección no existiría porque para la patronal, despedir a un trabajador no implicaría un costo extra, sino sería un costo mensual que debería pagar de todas formas.

«Vamos a tener que estar pendiente de cuál va a ser el rol del Poder Legislativo, en este caso, de la comisión bicameral que debe realizar el control por ley, y cuál va a ser el rol de la Justicia en los pasos que siguen sobre la legalidad y la constitucionalidad de un decreto que, a primeras luces, tiene todas las de perder», concluyó Cena.

Logo El Resaltador

Apoya el periodismo autogestionado

La comunicación la construimos entre todxs.

Suscribite acá