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Cristina apelará la condena por la causa Vialidad frente a la Corte Suprema

Publicado por:Ramiro Quintanilla

La Cámara de Federal de Casación Penal ratificó la condena a la expresidenta a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Fernández de Kirchner señaló que no existen pruebas para los delitos que se le atribuyen y que el fin último es «disciplinar con el miedo al resto de la dirigencia política, social y sindical». ¿De qué la acusan y qué «pruebas» existen?

Esta mañana, la Cámara Federal de Casación con sede en Comodoro Py, ratificó la condena a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos contra Cristina Fernández por la causa Vialidad, quien apelará la sentencia frente a la Corte Suprema.

El Tribunal Federal confirmó la condena por la causa en donde se investigó si el empresario Lázaro Báez resultó beneficiado con la adjudicación de 51 obras públicas viales con fondos nacionales en la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015.

En este sentido, el fiscal Diego Luciani Luciani acusó a la ex presidenta de los delitos de asociación ilícita, en calidad de jefa, y administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública.

Fernández de Kirchner fue absuelta del primer delito, y condenada por el segundo, que según el Código Penal de la Nación, tiene un castigo de 2 a 6 años, por lo que le dieron la pena máxima además de la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Ahora, Cristina apelará la condena por la causa Vialidad frente a la Corte Suprema, última instancia para revertir la sentencia.

¿De qué la acusan y qué pruebas existen?

Según explica Chequeado, los jueces calificaron al Decreto 54/2009 como un “instrumento para la maniobra criminal”.

La normativa modificó un fideicomiso preexistente e incorporó a la Dirección Nacional de Vialidad como beneficiaria.

Según el tribunal, el decreto “proveyó una fuente ilimitada de financiamiento al ente vial y le permitió agilizar paulatinamente el proceso de pagos reduciendo la burocracia preexistente. Pero esencialmente brindó el contexto de opacidad suficiente para que el Administrador General pudiese, a partir del régimen inherente a la naturaleza de los fondos, disponer libremente qué obras se valdrían de los recursos del fideicomiso”.

Pese a esto, desde la defensa argumentan que las pruebas son inexistentes. En un primer momento, la defensa planteó que la ex presidenta había sido sobreseída en 2013 por la justicia federal de Santa Cruz en un caso donde la acusaban del mismo delito.

El planteo fue desestimado por la Corte Suprema de la Nación, pese a ir contra el principio de garantía constitucional de «Non bis in idem» por el cual nadie puede ser perseguido penalmente más de una vez por el mismo hecho, presente en el Código Procesal Penal.

El martes por la tarde, en un descargo publicado en redes sociales publicado el martes 12 de noviembre, Cristina apuntó contra los jueces de Casación señalándolos como «Los copitos de Comodoro Py» en referencia a la organización acusada del intento de magnicidio llevado a cabo el 1 de septiembre de 2022.

Los Copitos de Comodoro Py” son Mariano Borinsky, que jugaba al tenis con Mauricio Macri en Olivos; Gustavo Hornos, que visitaba a Macri en la Rosada y que esta denunciado por acoso sexual y violación; y Diego Barroetaveña, dirigente de la lista macrista de los magistrados para el Consejo de la Magistratura y tripulado, además, por Julio César Saguier, dueño del Grupo La Nación. Todos ellos van a con armar la condena del Tribunal Oral integrado por otros miembros de la misma banda. Rodrigo Giménez Uriburu; el que junto al fiscal de la causa, Diego Luciani, tenían un equipo de fútbol llamado Liverpool que jugaba en un torneo organizado… en la quinta privada de Mauricio Macri. La imparcialidad de estos jueces… te la debo!

Según explica, Cristina apelará la condena por la causa Vialidad frente a la Corte Suprema, debido a que se la acusa de un delito que nunca pudo haber cometido como presidenta de la Nación, ya que las obras cuestionadas fueron «aprobadas por el Parlamento en los presupuestos nacionales, licitadas, ejecutadas y pagadas por el gobierno de la Provincia de Santa Cruz y aprobada su rendición de cuentas por la Auditoria General de la Nación y el Congreso de la Nación desde el 2003 al 2015″.

A su vez, señala que no es de responsabilidad penal el delito ya que «el Presidente es ajeno al ejercicio de la administración general del país, cuya competencia corresponde al Jefe de Gabinete de Ministros».

Esas palabras pertenecen a Rodolfo Barra, actual Procurador del Tesoro de la Nación de Milei, ex miembro de la Corte Suprema de Justicia, ex Ministro de Justicia e integrante de la Comisión Redactora de la Reforma Constitucional de 1994.

«Sobre aquella gestión el Presidente tiene una responsabilidad política. La
responsabilidad administrativa, civil y penal, corresponde al Jefe de Gabinete de Ministros y a los demás ministros, en los términos del art. 102, CN.”, indicó Barra. En este sentido, se aclara que ningún Jefe de Gabinete de la Nación fue acusado en la causa Vialidad.

El término lawfare parece ser el que mejor le sienta a esta causa, y Cristina apunta a este procedimiento de persecución mediática y judicial.

«La persecución mediática-judicial tiene como objetivo principal castigar judicialmente y dejar fuera del tablero político a los dirigentes que HACEN y CONDUCEN gobiernos nacionales, democráticos y populares; pero al mismo tiempo tienen un segundo objetivo: disciplinar con el miedo al resto de la dirigencia política, social y sindical» indicó la expresidenta.

Por último, señaló que el verdadero objetivo que tienen «Los Copitos de Comodoro Py es lainhabilitación para desempeñar cargos públicos a perpetuidad.

«O sea: lisa y llanamente proscripción de por vida. Una vez más el peronismo y la proscripción. Nada nuevo bajo el sol» concluyó la ex presidenta.

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