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La Corte Suprema rechazó apartarse en la causa por el financiamiento universitario

Publicado por:Anouk Rubini

La Corte desestimó el pedido del Gobierno Nacional de apartar a los jueces que intervienen en la causa por la Ley de Financiamiento Universitario, impulsada por el Consejo Interuniversitario Nacional.

La Corte Suprema de Justicia rechazó la presentación del Poder Ejecutivo nacional en la causa que lleva adelante el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) para exigir el cumplimiento de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente.

La queja presentada por el Gobierno era contra resoluciones previas que habían rechazado la recusación del juez de primera instancia Diego Martín Cormick y de un magistrado de la Cámara Contencioso Administrativa Federal.

En el día de ayer, 4 de junio, el máximo tribunal desestimó dicha queja, significando un revés para la administración libertaria en su puja por no cumplir con la Ley de Financiamiento que recompone salarios docentes y presupuesto de las casas de altos estudios.

Como empezó el conflicto judicial

El origen del conflicto judicial parte de esta negativa del Gobierno, bajo el argumento de que solo ejecutaría la ley cuando se aclare de qué fuente saldrían los recursos económicos para hacerlo y esas partidas se incorporaran al presupuesto 2026.

Ante la situación de profunda y urgente crisis económica que el sistema universitario atraviesa gracias a las decisiones del Poder Ejecutivo de mantener casi paralizado el presupuesto, el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) presentó un amparo colectivo contra el decreto 759/2025, que paraliza la ejecución de la norma hasta que no se especifiquen las fuentes de financiamiento.

En el amparo, las universidades nacionales solicitaron que se ordenara al Estado cumplir con la ley y garantizar los fondos necesarios. En las calles se sumaron movilizaciones masivas por esta norma que cuenta con gran apoyo social.

En la disputa judicial, el Gobierno Nacional intentó apartar al juez Cormick argumentando que se desempeña como docente en universidades nacionales que forman parte del colectivo demandante. También cuestionó la intervención de otro magistrado de Cámara por razones similares y llegó incluso a pedir que los integrantes de la Corte Suprema se excusaran de intervenir por ejercer actividades académicas en universidades públicas.

El rechazo de los jueces al pedido del Gobierno

En el fallo en el que los jueces rechazaron el pedido del Poder Ejecutivo, argumentaron que «no se ha acreditado (…) elemento alguno que configure una causal de excusación» y que «la actividad docente en una universidad pública no implica necesariamente un interés personal, directo y relevante en el resultado del litigio».

La Corte recordó que la recusación y excusación son mecanismos de carácter excepcional y deben interpretarse de manera restrictiva, ya que alterarían el principio constitucional del juez natural: «No puede extenderse sin fundamento una causal de apartamiento a supuestos no previstos por la ley», porque ello afectaría el normal funcionamiento del sistema judicial, explicaron los magistrados.

La Corte determinó que el pedido del Gobierno para que se apartaran los propios miembros del tribunal es inadmisible: «La facultad de excusación es ajena a la actividad procesal de las partes», concluyeron, desestimando la queja de la administración libertaria.

La causa por el financiamiento universitario continuará su trámite con los mismos magistrados cuestionados por el Poder Ejecutivo.

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