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El Gobierno de Javier Milei contempla nuevas reformas laborales para este 2025

Publicado por:El Resaltador

Estas modificaciones contemplan la extensión de la jornada de trabajo y el fraccionamiento de las vacaciones, entre otros puntos claves.

El gobierno de Javier Milei ya puso en marcha la realización de reformas laborales que inciden plenamente sobre los trabajadores y el sector popular. Se espera que, para este año, impulse una nueva reforma laboral que influya en el Contrato de Trabajo.  

En estas reformas se incluirá la extensión de la jornada de trabajo y el fraccionamiento de las vacaciones. También se baraja la posibilidad que vuelvan los tickets de comida y la liquidación de salarios mediante plataformas digitales como Mercado Pago. 

El proyecto ya se presentó en la Cámara Baja y estuvo a cargo de la diputada Nacional por la Libertad Avanza, Romina Diez, en conjunto con otros 14 colegas de su mismo bloque. 

Puntos claves en las reformas laborales 

Entre las modificaciones que contemplan para la Ley de Contrato de Trabajo se incluye: 

  1. Establecer un plazo de 30 días para que los empleados impugnen las sanciones que le son impuestas. Pasado dicho plazo, serán consideradas consentidas por el trabajador.
  2. Incorporar algunos beneficios sociales al listado existente en el art. 103 bis, como por ejemplo, gimnasio, cuota de clubes, celulares o acceso a internet para el trabajador o su familia. Sobre esto no se pagan aportes y contribuciones a la seguridad social.
  3. Determinar cuáles son los requisitos que deben contener los recibos de haberes.
  4. Tener la posibilidad de homologar el cambio de condiciones de trabajo, sometidas ellas al control de la autoridad administrativa del trabajo. 
  5. Establecer la obligación de guardar los recibos de haberes por el período de prescripción de los créditos salariales.
  6. Habilitar a que los empleados puedan gozar de las vacaciones de manera fraccionada, algo que en los hechos ya se venía realizando, para poder particionar el período de descanso anual en diversos momentos del año, fijando un mínimo de 7 días para su goce. Para el caso de matrimonios que desarrollen tareas en un mismo establecimiento, se dispone que el empleador otorgue las vacaciones en el mismo período.
  7. En materia de pago de enfermedades inculpables, toma posiciones de la Justicia en aspectos que generan dudas. Establece que para el caso de salarios integrados con comisiones variables, se deberá liquidar de acuerdo al promedio de lo percibido en el último semestre no pudiendo, en ningún caso, la remuneración del trabajador enfermo o accidentado ser inferior a la que hubiese percibido de no haberse operado el impedimento, debiendo incluirse en el cómputo las remuneraciones variables.
  8. Prever que las indemnizaciones que hubiera percibido un empleado que hubiera reingresado a prestar tareas para el mismo empleado sea actualizada al momento del pago de una nueva indemnización.
  9. Establecer que los créditos laborales devengarán un interés equivalente al IPC más 3%.
  10. Establecer que, en los casos de condenas en procesos judiciales, las Micro, Pequeñas y Medianas empresas podrán acogerse al pago total de la misma en hasta un máximo de 12 cuotas mensuales consecutivas, las que serán ajustadas por la tasa de interés que la ley prevé.
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