La administración de Milei emitió una resolución que, entre otros puntos, permite a las empresas no aceptar como afiliados a monotributistas y pequeños contribuyentes.

Este lunes 28 de octubre, el Gobierno nacional estableció un nuevo marco normativo para regular los planes de salud.
Ahora, las prepagas y obras sociales podrán limitar las coberturas de medicamentos y tratamientos, puesto que solo podrán ser prescriptos por médicos que integren la cartilla del agente sanitario correspondiente.
Además, permite a las empresas no aceptar como afiliados a los beneficiarios del régimen del monotributo y a los pequeños contribuyentes.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 3934/2024 y restringe gravemente la posibilidad de que las recetas y órdenes en los planes cerrados puedan ser realizadas por cualquier profesional.
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La administración de Milei asegura que «la cobertura de prácticas o medicamentos no previstos adecuadamente en sus planes de salud pueden comprometer la sostenibilidad financiera del sistema».
En el texto, el Ejecutivo remarcó las diferencias entre los tipos de cobertura, al indicar que “en los planes abiertos los beneficiarios pueden optar por recibir la cobertura médico- asistencial a través de los prestadores de cartilla o de prestadores externos; mientras que, en los planes cerrados los beneficiarios deben atenderse exclusivamente con los prestadores incluidos en la cartilla, quienes resultan ser los habilitados para prescribir una práctica médica o un medicamento”.
El dato a resaltar es que la gran mayoría de afiliados está en planes cerrados. Por las dudas, detallaron que “cada plan, tanto abierto como cerrado, cuenta con su propia cartilla de prestadores, que define los profesionales y centros médicos disponibles para los beneficiarios”.
En este marco, la medida dispone la obligación para los médicos prescriptores de acreditar que pertenecen a la red prestacional del Agente del Seguro de Salud y resuelve que deberán presentar una declaración jurada que asegure la inexistencia de conflictos de intereses con los proveedores de las tecnologías o medicamentos indicados.
Desde la Superintendencia de Seguros de Salud explicaron que “estos controles serán imprescindibles tanto para validar la cobertura como para solicitar subsidios o reintegros por prestaciones realizadas fuera de la cartilla” y aclararon que “en los casos en los que los beneficiarios recurran a la vía administrativa o judicial, estas exigencias seguirán siendo aplicables”.
Por otro lado, la resolución habilita a las prepagas a rechazar a los monotributistas y pequeños contribuyentes como afiliados, a la vez que dispone de un nuevo registro de Agentes de Seguro de Salud para la Cobertura Médico Asistencial de Pequeños Contribuyentes, para que los interesados puedan “elegir” dentro de la lista de prestadores que se hayan sumado a esa lista, que entrará en vigencia el próximo 1° de diciembre.
Esta iniciativa de Javier Milei atenta contra los pacientes crónicos o con enfermedades graves.