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Luego de liberar los precios, el Gobierno nacional intenta frenar los aumentos de las prepagas

Publicado por:Agustina Bortolon

Al parecer, el mercado no se regula solo. Después de liberar los precios de las obras sociales y prepagas, la gestión de Milei debió intervenir para poner un tope a los aumentos, puesto que miles de personas se quedaron sin cobertura de salud por no poder afrontar los elevados costos.

Al final, la mano invisible del mercado se salió de control. Desde que asumió Milei como presidente, impulsó la liberación de precios de las obras sociales y prepagas.

Pero, como era de esperarse, las empresas aumentaron sostenidamente sus valores en estos cuatro meses, provocando que muchos argentinos se endeuden para pagar o directamente ya no puedan afrontar los costos de la cobertura de salud.

Es por ello que, paradójicamente -contrario a sus ideas de no intervención estatal-, el Gobierno nacional intervino en el mercado de la medicina privada y determinó que las empresas podrán aplicar un aumento en mayo con tope en 114,6% en comparación con el valor que cobraron a sus clientes en diciembre de 2023.

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«En el marco de la medida de tutela anticipada de la Secretaría de Comercio sobre los planes de salud médico-asistenciales, se aclara que el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación«, indicó un comunicado de la Secretaría de Comercio.

“En este sentido, estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico-asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1+ la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023)», agregó.

Así, «para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), se deberá aplicar un ajuste como máximo del 93,3% para la cuota de abril (es decir, la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero)».

«Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6% (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo)», completó la cartera de Comercio, que resaltó que «el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación».

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