El juez Alonso Regueira hizo lugar al pedido de organizaciones de la sociedad civil para que el Poder Ejecutivo no despida personal y frene la eliminación de programas.

El 28 de junio de 2024, organizaciones sociales y ONGs presentaron una acción judicial contra el Ministerio de Justicia y el Gobierno nacional por el desmantelamiento de las políticas públicas de violencia de género.
En la última semana de diciembre, el juez Enrique Alonso Regueira, a cargo del Juzgado en lo Contencioso y Administrativo Federal 1, atendió el pedido y ordenó al Ministerio de Justicia frenar con el desmantelamiento.
En la medida cautelar, Alonso Regueira solicitó que dicho ministerio se abstenga de reducir recursos humanos e infraestructura institucional de la Subsecretaría de Protección contra la Violencia de Género y de los Centros de Acceso a la Justicia (CAJ).
De esta manera, el Poder Ejecutivo debe abstenerse de reducir la cantidad de recursos humanos y la infraestructura institucional afectada al trabajo que debía llevar adelante la Subsecretaría de Protección Contra la Violencia de Género y los Centros de Acceso a la Justicia. Además, deberá sostener la producción y publicación de evidencia y estadísticas a cargo de esos organismos.
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⚖️La Justicia decreto una medida cautelar para evitar recortes en programas contra la violencia de género. Un paso en la defensa de derechos fundamentales de las mujeres.
— ELA (@EquipoELA) December 27, 2024
Terminamos el año con una buena🙌
Más detalles del fallo⬇️https://t.co/ZfnaHSiYLl
La acción judicial fue motorizada y celebrada por el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Ni Una Menos, Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), Fundación Mujeres x Mujeres (MxM) y Fundación para el desarrollo de políticas sustentables (Fundeps).
En presentación original demandaban certezas sobre:
- cuál iba a ser el organismo encargado de dar cumplimiento a las obligaciones legales del Estado Nacional en materia de violencias (tras el anuncio oficial de cierre de Subsecretaría de Protección contra la Violencia de Género);
- cuáles son los programas de prevención, asistencia y acceso a la justicia que seguirán vigentes en materia de violencia de género.
- cómo el estado nacional daría cumplimiento a las obligaciones asumidas mediante normativas y tratados internacionales a los que Argentina ha adherido.
En respuesta, el Estado negó aquello que ellos mismos habían anunciado airadamente por las redes sociales: el cierre de la Subsecretaría de Protección contra la Violencia de Género y los 81 Centros de Acceso a la Justicia (CAJ) en todo el país.
Ante esto, argumentaron que “simplemente, y en uso de sus atribuciones, la actual gestión de gobierno ha procedido a reorganizar la estructura estatal y sus programas y organismos, tal como se ha detallado y surge de las disposiciones y decretos publicados y en vigencia”.
Tanto los CAJ como varios de los programas que funcionaban en el ex Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación se encuentran desfinanciados, con baja ejecución presupuestaria y con el menor alcance a usuarias desde su creación.
En la cautelar, el juez explica que el Estado no respaldó con documentación sus afirmaciones para demostrar de qué forma se estarían garantizando los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes víctimas y potenciales víctimas de violencia de género.
La resolución judicial indica que el gobierno en materia de violencia de género “no ha arrimado constancia alguna que permita inferir que se esté garantizando la prestación mínima obligatoria en los términos establecidos en la Ley 26.485, así como tampoco ha detallado, ni siquiera mencionado, la forma en la que se está cumpliendo con las prestaciones referidas, lo que me lleva a concluir que la verosimilitud en el derecho se encuentra suficientemente acreditada”.
¿Y ahora?
El gobierno apeló el fallo en contra por el vaciamiento en materia de violencia de género e interpuso un recurso de revocatoria. Sin embargo, el juez rechazó el recurso expresando que «los argumentos vertidos por el Estado no cambiaban su decisión».
Sin embargo, fue aceptado el recurso de apelación con efecto devolutivo.
“Esto quiere decir que la medida cautelar está vigente y el Estado se tiene que abstener de realizar cualquier medida que ya sea tanto del recurso humano como de infraestructura que no garantice un piso mínimo de derechos de protección contra la violencia de género”, explica la abogada Patricia Sotile que forma parte del equipo de ELA, una de las organizaciones denunciantes.
Sotile explica que al ser aceptada la apelación, el Estado nacional solicitó la habilitación de la feria judicial para que sortee la sala de la Cámara que debería decidir sobre la apelación, lo cual fue convalidado por el juez Lavié Pico.
“También solicita que se nos traslade a las organizaciones el memorial de apelación para que la respondamos y luego durante la feria se eleven las actuaciones a la Cámara Contencioso Administrativo Federal que sortee la sala que tiene que decidir sobre la medida cautelar”, explicó la abogada. Por lo cual, podría haber novedades en los próximos días al respecto.