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García-Mansilla advirtió que solo podrán removerlo por un juicio político

Publicado por:El Resaltador

En el marco de la causa que busca impugnar los nombramientos por decreto en la Corte Suprema, el juez aseguró que nadie posee la jurisdicción necesaria para intervenir en la causa, a excepción del Congreso de la Nación, puesto que “un juez no puede remover a otro juez”.

El nuevo juez de la Corte Suprema, Manuel García-Mansilla, se presentó este martes ante la Justicia para defender su designación por decreto y declaró que la única manera de ser removido del cargo es a través de juicio político.

La advertencia fue en el marco de la causa que tiene como objetivo impugnar su pliego y el de Ariel Lijo, a cargo del juez Alejo Ramos Padilla. «Un juez no puede remover a otro juez”, declaró.

Por ello, afirmó que “el ejercicio de una atribución que la Constitución Nacional le otorga expresamente al Presidente como son los nombramientos en comisión (art. 99 inc. 11) y la posterior toma de juramento por parte de la Corte no puede ser considerada una arbitrariedad o ilegalidad manifiesta conforme lo requieren el art. 43 de la Constitución y la Ley 16.986 de Amparo”.

En lo que respecta por al «nuevo» juez de la Corte Suprema, Ramos Padilla no posee la jurisdicción requerida para intervenir en la causa ni decidir, porque su cargo “goza de la garantía constitucional de inamovilidad en el cargo mientras dure su nombramiento». En este sentido, García Mansilla indica que el único juez natural que podría eventualmente removerlo de su cargo, mediante juicio político, es el Congreso de la Nación.

Además, resaltó “que la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación me haya tomado juramento implica que la impugnación ya no se dirige exclusivamente contra el Decreto 137/25, sino también contra el acto de la Corte Suprema por el cual se me tomó ese juramento”.

Agregó que hay una “falta de legitimación activa de los demandantes para impugnar el nombramiento”.

El juez también justificó su designación y posterior jura en la continuidad del funcionamiento de la Corte con tres miembros, como se venía desarrollando.

«En un tribunal colegiado, integrado solamente por cinco miembros, el impacto de la ausencia de uno de sus jueces es directo y evidente, no solo por la disminución en la capacidad de resolver expedientes, sino por la posible pérdida de mayorías en cuestiones de diversa índole», manifestó García-Mansilla.

Además, señaló que “la Corte Suprema tiene actualmente más de 90.000 expedientes en trámite. Esos expedientes se han ido acumulando en el Tribunal en los últimos años debido a diversos factores, incluyendo el hecho de no estar completamente integrado”.

La causa que lo persigue

El Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), Poder Ciudadano, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), y la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el abogado Luis Fernando Cabeleiro impulsaron la causa a cargo de Ramos Padilla.

La misma tiene como fin impugnar los nombramientos realizados por Milei.

También forma parte la líder de la Coalición Cívica Elisa Carrió, que sostuvo que el decreto del presidente es “inconstitucional y nulo de nulidad absoluta e insanable”.

Ramos Padilla resolvió abordar el caso como un amparo colectivo. Desde ese momento, el Gobierno interpuso numerosos recursos para detener el proceso, incluyendo un intento de recusar al magistrado. 

Sin embargo, dicho pedido fue desestimado por la jueza Cecilia de Negre, permitiendo que Ramos Padilla continúe al frente de la causa.

Cabe recordar que un caso semejante en 2016, Ramos Padilla intervino en la causa de los nombramientos por decreto de Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, y ordenó a la Corte no tomarle juramento.

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