En Paso de los Libres, provincia de Corrientes, una jueza concedió una adopción prenatal. La medida no está contemplada en la ley argentina. El hecho se produjo luego de que una adolescente, abusada por su padrastro, quedará embarazada, si bien en un primer momento había solicitado un aborto legal, en circunstancias desconocidas cambió de parecer.
La jueza María Legarreta, firmó la adopción prenatal para una pareja correntina. En el falló, la magistrada explica que la mujer de 18 años, era víctima de abusos sexuales desde los 13, y tenía una hija de 2 años, fruto de las agresiones sexuales de la pareja de su madre.
Según puede leerse en la resolución legal, la jueza habría asistido a la víctima, informando que tenía derecho a realizarse una interrupción legal del embarazo. La joven había solicitado la ILE, pero luego de asistir al hospital local, habría cambiado de parecer.
La decisión de seguir con el embarazo, fue tomada después de reunirse con médicos y psicólogos de la institución médica. El fallo expresa que los profesionales le hablaron de todos los riesgos del procedimiento, no especifica qué le dijeron ni la información exacta que le dieron .
Es necesario resaltar que en Argentina, el aborto es no punible cuando la vida o salud de la mujer embarazada peligra, o cuando el embarazo es producto de una violación, según lo establecido en el artículo 86º del Código Penal.
Nora Schulman, directora del Comité Argentino de Seguimiento y Aplicación de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, en diáologo con página12, explicó que la adopción prenatal no existe en la Ley de Adopción,ya que nunca se ha planteado.
La magistrada María Legarreta, accedió al pedido de la joven de dar en adopción, afirmando que la denunciante tenía plena libertad de cambiar su decisión desde el momentos mismo del nacimiento del bebé, o hasta 45 días después del nacimiento. La única condición que puso la mujer abusada, fue no tener contacto con el recién nacido.
Por Emi Urouro