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Córdoba adhirió a la Ley Lucio: ¿Cuáles son los puntos claves?

El Gobierno provincial deberá realizar capacitaciones obligatorias, continuas y permanentes en derechos de los niños, niñas y adolescentes. Están destinadas a trabajadores que se desempeñen en funciones estatales. El 1° de julio la legislatura de Córdoba aprobó la adhesión a la Ley Nacional 27.709 -“Ley Lucio”-, creada por el Plan Federal de Capacitación. Los tres […]

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El Gobierno provincial deberá realizar capacitaciones obligatorias, continuas y permanentes en derechos de los niños, niñas y adolescentes. Están destinadas a trabajadores que se desempeñen en funciones estatales.

El 1° de julio la legislatura de Córdoba aprobó la adhesión a la Ley Nacional 27.709 -“Ley Lucio”-, creada por el Plan Federal de Capacitación.

Los tres poderes del Gobierno provincial deberán realizar capacitaciones obligatorias, continuas y permanentes en derechos de los niños, niñas y adolescentes. Están destinadas a todos los agentes que se desempeñen en la función pública.

El legislador oficialista, Matías Chamorro, sostuvo que a nivel nacional el programa de capacitaciones que prevé la ley se encuentra suspendido.

De acuerdo “al informe de monitoreo de Unicef, en más de 3 millones de hogares en donde residen niñas, niños y adolescentes no se perciben ingresos suficientes para solventar los gastos corrientes, a su vez, un millón de estas infancias por falta de dinero dejó de comer alguna comida”.

La “Ley Lucio” fue sancionada en el año 2023 y señala la obligación de comunicar una vulneración o amenaza de derechos, así como la obligación de recibir y tramitar una denuncia por parte del funcionario público, conforme a lo establecido en la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y la 27.455 de Abuso en la Infancia.

 Los organismos deberán cumplir con los siguientes contenidos mínimos, pudiendo incorporar temas y acciones complementarios que fortalezcan el espacio de formación:

  • Pautas de alarma específicas e inespecíficas de las distintas formas de violencias, maltrato físico, negligencia, descuido o abandono, abuso sexual, abuso de poder, maltrato psicológico, y todo elemento que permita dar cuenta de la afectación de derechos de niños, niñas y adolescentes.
  • El Sistema de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, sus integrantes e implicancias. El principio de corresponsabilidad, el deber de comunicar y el derecho a la protección de identidad del denunciante.
  • Formas, protocolos, procedimientos y canales para requerir intervención conjunta de instituciones públicas especializadas.
  • Derechos de niños, niñas y adolescentes. Normativa internacional, nacional y local de protección de los Derechos de niños, niñas y adolescentes.
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