Personas que por su edad, género, estado físico o mental; o por determinadas circunstancias sean consideradas hipervulnerables, se les brindará prioridad para resolver sus reclamos por operaciones comerciales. Lo dispuso la Secretaría de Comercio Interior de la Nación. Las y los consumidores pueden realizar consultas en [email protected], o en Twitter @DNDConsumidor.

Los consumidores hipervulnerables tendrán prioridad en sus reclamos por operaciones comerciales. La Secretaría de Comercio Interior de la Nación, dependiente del Ministerio Desarrollo productivo dispuso la norma con el objetivo de que puedan ejercer sus derechos.
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La medida supone priorizar los reclamos que involucren los derechos o intereses de niños, niñas y adolescentes; personas del colectivo LGBT+ -lesbianas, gays, bisexuales y transgénero-; mayores de 70 años; personas con discapacidad; migrantes o turistas; integrantes de comunidades de pueblos originarios y ruralidad; y residentes en barrios populares.
En el Boletín Oficial, el organismo estableció que el fin es brindar asistencia y acompañar en la presentación e identificación de reclamos. De esta manera, se pretende darle un curso de acción más rápido a esos procedimientos.
A su vez, la medida también incluye a las personas jurídicas sin fines de lucro que orienten sus objetos sociales a determinados colectivos. Además, la norma abarca a quienes acrediten situaciones de vulnerabilidad socio-económica como jubilados, pensionados, beneficiarios de asignaciones universales; monotributistas sociales; empleados del servicio doméstico; quienes perciben el seguro de desempleo; y titulares de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Las y los consumidores pueden realizar consultas en [email protected], o en Twitter @DNDConsumidor. También pueden ingresar sus reclamos por incumplimientos en https://www.argentina.gob.ar/iniciar-un-reclamo-ante-defensa-de-las-y-los-consumidores.
