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Causa Cormecor: pericia oficial confirmó las irregularidades denunciadas por vecinos

Los peritos determinaron que el predio para el enterramiento de basura debía estar a 4 km de distancia de la zona metropolitana. Sin embargo, Cormecor decidió instalarlo a tan solo 1 km de Villa Parque Santa Ana. Las graves denuncias realizadas por los vecinos y vecinas fueron respaldadas oficialmente. En 2016, la Provincia expropió terrenos […]

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Los peritos determinaron que el predio para el enterramiento de basura debía estar a 4 km de distancia de la zona metropolitana. Sin embargo, Cormecor decidió instalarlo a tan solo 1 km de Villa Parque Santa Ana. Las graves denuncias realizadas por los vecinos y vecinas fueron respaldadas oficialmente.

En 2016, la Provincia expropió terrenos colindantes a Villa Parque Santa Ana con el fin de instalar un predio de enterramiento de basura a cargo de Cormecor. Desde aquel entonces, vecinos y vecinas presentaron un amparo para impedir la obra, alegando cuestiones ambientales y sanitarias.

Ante las evidentes irregularidades del predio, a mediados del 2017 el Tribunal Superior de Justicia ordenó la paralización de las obras y la Cámara en lo Contencioso Administrativo solicitó al ISEA una serie de pericias.

Dichas pericias ratificaron la mayoría de los puntos denunciados por los vecinos, la Municipalidad de Villa Parque Santa Ana y distintos productores agropecuarios a raíz de las falencias dentro del estudio de impacto ambiental.

Asimismo, los peritos cuestionan el otorgamiento de la licencia ambiental por parte de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático, señalando que el organismo oficial "subestimó peligrosamente la distancia necesaria de los radios de exclusión y amortiguación que deberían separar a las poblaciones de un enterramiento sanitario de las características y dimensiones del planificado por Cormecor".

El Instituto Superior de Estudios Ambientales (ISEA) de la UNC recomienda una distancia mínima de 4 kilómetros. Cormecor lo instaló a tan solo 1 km del ejido urbano.

En cuanto a la participación ciudadana exigida por las leyes de ambiente, el informe pericial señala: “Que en general, el EIA y el proyecto en general NO han tenido en cuenta la voz ni los intereses de la comunidad más directamente involucrada en dichos impactos negativos".

Por otro lado, afirman que según la ley de ordenamiento territorial de Córdoba en la zona donde se ubica el predio elegido por Cormecor no están autorizados este tipo de emprendimientos. Además, la empresa no garantiza en absoluto la separación y recuperación de materiales reciclables, ni la recolección y tratamiento de los lixiviados, ni cuenta con los fondos para realizar un adecuado control de las emanaciones de gases.

El informe del ISEA evidencia notablemente que la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático dio por cumplimentados requisitos no efectivizados por la empresa. En este sentido, la Justicia debería revocar inmediatamente la licencia ambiental de Cormecor hasta tanto se cumplan las normativas ambientales vigentes.

Cristian Dominguez

Redactor y co-productor de contenidos para el sitio web y las demás plataformas de El Resaltador.
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