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Aborto legal: ¿Qué cambios fueron sugeridos por el dictamen?

Publicado por:Emilia Urouro

A partir de las 11:00 comienza a tratarse el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Se espera una jornada de 30 horas en la Cámara Baja.

Crédito: @CampAbortoLegal

Ayer, la propuesta del Ejecutivo para la legalización del aborto obtuvo dictamen de mayoría con 77 votos a favor, luego de una semana de debate en cuatro comisiones en la Cámara de Diputados.

Este proyecto de IVE establece la legalización, despenalización y el reconocimiento del derecho al aborto legal, seguro y gratuito hasta la semana 14 de gestación inclusive.

Además, la interrupción del embarazo no sera punible después de 14 semanas de gestación si fue producto de una violación o si estuviera en riesgo la vida o la salud integral de la mujer y/o persona gestante.

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Ahora bien, a último momento se realizaron dos modificaciones al dictamen original sobre el texto del Ejecutivo, y se estima que fue una decisión para asegurar su victoria en el Senado.

Mantiene el artículo 10 de «Objeción de Conciencia», pero el o la profesional debe derivar a la mujer o persona gestante que solicitó la IVE para que le realicen la práctica.

Los cambios

  • Se incluyó el artículo 11 de objeción de conciencia para las instituciones sanitarias del ámbito privado y para obras sociales.

Pero aclara: «Aquellos efectores de salud del Subsector Privado o de la Seguridad Social que no cuenten con profesionales para realizar la interrupción del embarazo a causa del ejercicio del derecho de objeción de conciencia de conformidad con el artículo anterior, deberán prever y disponer la derivación a un efector que realice efectivamente la prestación y que sea de similares características al que la persona solicitante de la prestación consultó«.

Además, el proyecto establece que las gestiones y costos asociados a la derivación y el traslado de la paciente quedarán a cargo del efector que realice la derivación.

  • Las niñas-jóvenes menores 16 años deban estar acompañadas con el consentimiento de adultos.

El texto original indicaba que las adolescentes de entre 13 y 16 años “cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento, a menos que deba utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para la salud o vida”.

Con las modificaciones, para acceder a la interrupción, se requiere “la presencia de un adulto de referencia en el caso de los adolescentes menores de 14 años”. 

Para quienes tengan entre 14 y 16 años, el acompañamiento de un «referente afectivo» para la práctica, dependerá de la evaluación del equipo de salud que atienda a la solicitante.

  • En caso de menores de 16 años, si el embarazo fue producto de una violación, se estableció la obligación de realizar la denuncia correspondiente, pero que esto no obstruya el derecho a la IVE ni vulnere la privacidad de la niña o adolescente.

El movimiento feminista saldrá nuevamente a las calles, hoy comienza una nueva vigilia federal, similar a la del 2018, pero con más optimismo…una nueva conquista se aproxima.

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