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Otro paquete para el Congreso: ¿Qué es la Ley Hojarasca?

Publicado por:Ramiro Quintanilla

El gobierno nacional envió el lunes a la Cámara de Diputados otro mega proyecto que pretende derogar o modificar 70 normativas para «eliminar una cantidad de legislación vetusta y sin aplicación práctica» según palabras del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

Este lunes, ingresó el proyecto de la Ley Hojarasca a la Cámara de Diputados pero nos seguimos preguntando qué es.

La iniciativa había sido adelantada por el Presidente Javier Milei, el 5 de julio último cuando asumió el nuevo ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

“Vamos a sacar lo que él llama la Ley de Hojarascas, que son un conjunto de regulaciones que entorpecen el funcionamiento del sistema económico. Son 100 leyes que se eliminan, pero que implican más reformas estructurales que 100 leyes”, sostuvo Milei en una entrevista con LN+.

La semana pasada, el ministro anunció el envío al Congreso de la Ley de Derogación de Legislación Obsoleta, como es el título oficial de la normativa que es nada más ni nada menos que un paquete de normativas que deroga cerca de 70 leyes.

El proyecto fundamenta esta derogación según 6 ejes:

  • 1) Leyes que limitan la libertad individual y restringen el derecho de propiedad
  • 2) Leyes que eliminan trámites inútiles y sin sentido
  • 3) Leyes que fueron superadas, actualizadas y mejoradas por otras leyes posteriores
  • 4) Leyes que en la actualidad son obsoletas por los cambios tecnológicos
  • 5) Leyes que dejaron de tener sentido porque definían obligaciones para instituciones que ya no existen
  • 6) Leyes que crean organismos con financiamiento público cuando deberían solventarse a sí mismos”

Sectores opositores señalan que el proyecto salió ahora con el objetivo de distraer en pleno conflicto universitario. Sobre todo para que los diputados se centren en este proyecto al mismo tiempo que se debate el presupuesto 2025.

Sturzenegger justificó el proyecto indicando que su objetivo es propone «eliminar una cantidad de legislación vetusta y sin aplicación práctica».

A priori, la Ley Hojarasca trata de derogar legislación vieja a fines prácticos. Algunas de las que más destacan por su contenido son:

  • Ley N° 94 (1864). Inhabilita por DIEZ (10) años a cualquier autoridad que haga azotar a una persona. La pena de azotes fue prohibida por la CONSTITUCIÓN NACIONAL en su artículo 18.
  • Ley 20.843 (1974). Garantiza el padrinazgo del Presidente de la Nación en funciones al momento del nacimiento del séptimo hijo varón o la séptima hija mujer de una prole del mismo sexo.
  • Ley N° 22.963 (1983). Esta ley de Bignone obliga a tener autorización estatal para el uso de mapas de Argentina para cualquier fin. Así, un productor de vinos no puede incluir un esquema del mapa de Argentina en su etiqueta sin autorización estatal. Tal reglamentación resulta excesiva por su injerencia en la libertad de expresión y de comercio, es injustificada y –además- genera costos para el productor y el Estado.
  • Ley N° 23.419 (1986). Dispone que las empresas públicas informen descubrimientos de petróleo. Resulta redundante que se le pida al Estado que se informe a sí mismo.
  • Ley N° 20.959 (1975). Otorga a senadores y diputados de la Nación libre circulación y libre estacionamiento. Hay pocos ejemplos de privilegio tan claros como el que deja en evidencia esta norma, inaceptable en una sociedad democrática.
  • Ley N° 22.875 (1983). Dictada en las postrimerías del último gobierno de facto, permite al Estado exigir la relocalización de actividades productivas. Es una injerencia excesiva en el ejercicio de la propiedad privada por lo que se propone su derogación.
  • Ley N° 25.750 (2003). Esta ley -de Preservación de Bienes y Patrimonios Culturales- restringe el derecho de ejercer industria en algunas actividades particulares. Establece que la propiedad de los medios de comunicación deberá ser de empresas nacionales, limitándose la participación de empresas extranjeras hasta un máximo del 30% del capital accionario y que otorgue derecho a voto hasta por el mismo porcentaje del 30%.
  • Ley N° 26.688 (2011). Declara de interés nacional la investigación y producción pública de medicamentos, materias primas para la producción de medicamentos, vacunas y productos médicos, entendiendo a los mismos como bienes sociales.

El proyecto completo de la ley Hojarasca lo podés ver a continuación:

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Publicado por:Ramiro Quintanilla

Dedicado a la redacción por la tarde en la cooperativa. Comunicador. Me interesa lo político, el ambiente, los pueblos originarios, la salud mental, la cultura y creo que antes de decir hay que aprender a preguntar, o no?