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Córdoba: ¿De cuánto serán las multas para quienes incumplan con las medidas sanitarias?

Publicado por:Cristian Dominguez

Lo propone el proyecto de ley que envió el Ejecutivo a la Legislatura. Prevé sanciones que comienzan desde los $5 mil para conductas que transgredan los protocolos.

El gobernador de Córdoba, Juan Schiaretti, envió a la Legislatura un proyecto de ley para sancionar con multas a quienes transgredan las disposiciones y protocolos de seguridad o sanitarios dispuestos ante la pandemia de coronavirus.

Dichas sanciones fue anunciado la semana pasada por el gobernador, a partir de incumplimientos detectados en la cuarentena, los cuales originaron los últimos brotes tanto en capital como en el interior. El proyecto de «Régimen sancionatorio excepcional» ya tomó estado parlamentario y será tratado la semana que viene.

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La provincia se encuentra en la nueva fase de distanciamiento social, preventivo y obligatorio -fase 5- y, como consecuencia de ese status, se flexibilizarán más actividades como apertura de bares y restaurantes.

Por ese motivo, el Gobierno provincial resolvió promover las medidas sancionatorias para el cumplimiento de lo establecido, a fin de evitar la propagación de las enfermedades epidémicas y, así, proteger la salud de la población cordobesa.

Tal como estipulan los artículos, el proyecto oficial sostiene que “todos los protocolos establecidos por el Centro de Operaciones de Emergencias (COE) y que sean publicados en el Boletín Oficial de la Provincia revisten carácter obligatorio en todo el territorio de la provincia de Córdoba”.

Toda persona humana o jurídica que incumpliere con las medidas, disposiciones, recomendaciones, resoluciones, protocolos o instrucciones de seguridad o sanitarias será sancionada con multa de entre 5 mil y 500 mil pesos”, y la autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud provincial, añade la norma.
Las autoridades de juzgamiento de las faltas constatadas serán las que intervienen en las infracciones de tránsito provinciales, conforme a la ley 8.560.

Las sumas que se obtengan al aplicar este régimen sancionatorio excepcional se destinarán al Fondo para la Atención del Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémicas.

Además de las sanciones económicas, los infractores deberán responder penalmente por el artículo 205 del Código Penal, que establece penas de entre seis meses y dos años de prisión para el que incumpla las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia.

Fuente: Comercio y Justicia.

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