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La Municipalidad de San Isidro obstaculiza el acceso al aborto legal

Publicado por:Anouk Rubini

El municipio fue demandado judicialmente por la organización Amnistía Internacional. Las autoridades municipales reconocieron que permitieron la implementación de un protocolo que viola la Ley Nacional 27.610.

Tras estudiar las barreras de acceso al aborto legal, seguro y gratuito en San Isidro, localidad de Buenos Aires, la ONG Amnistía Internacional demandó judicialmente a esa Municipalidad por aplicar un protocolo que obstaculiza el acceso a la Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo (IVE e ILE).

Según la ONG denunciante, el protocolo incumple la Ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, imponiendo requisitos y procedimientos no previstos en la normativa nacional, y con ello, obstaculizando que personas gestantes accedan a su derecho.

El protocolo de la Municipalidad de San Isidro establece pasos previos –incluso algunos son obligatorios- no contemplados en la ley, entre ellos consultas psicológicas y con servicios sociales que exigen ratificar la decisión ya expresada. Las autoridades municipales incurren de esta forma en el incumplimiento de la Ley de IVE, manejando indebidamente datos personales, comprometiendo la confidencialidad y el secreto médico-paciente, agregando requisitos para acceder al aborto en casos de riego para la salud y cambiando la manera en que se cuenta el plazo legal de 10 días.

Dichas condiciones son ilegales y pueden resultar en demoras injustificadas en un proceso que en el que el tiempo es crucial, así como influir en la decisión de quienes buscan acceder a su derecho a un aborto seguro, libre y gratuito.

El protocolo también restringe la realización de las interrupciones del embarazo al Hospital Materno Infantil de San Isidro, impidiendo que se garantice la IVE en los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS).

Cabe destacar que es parte de lo contemplado por la Ley que se brinde una cobertura integral y gratuita que garantice la accesibilidad a la interrupción voluntaria y legal del embarazo. «En la práctica, puede implicar una objeción de conciencia institucional impuesta, lo que está expresamente prohibido«, advirtió Aministía en su sitio web.

Los riesgos son también para el personal de salud

Según Aministía, el protocolo que aplica San Isidro pone en riesgo a los propios equipos de salud. La Ley 27.610 incorporó al Código Penal sanciones para quienes dilaten injustificadamente, obstaculicen o se nieguen a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados. Aplicar un protocolo contrario a la ley afecta tanto a las personas que necesitan acceder a un aborto como a quienes se ven implicados en demorarlo.

“Desde la asunción de las nuevas autoridades municipales hemos observado un agravamiento de las barreras para acceder al aborto legal. La Ley 27.610 es clara y ningún municipio puede pretender reescribirla ni imponer obstáculos adicionales para ejercer un derecho reconocido por ley. Las autoridades municipales tienen la obligación de garantizar el acceso a derechos”, señaló Mariela Belski, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina.

El derecho al aborto fue vulnerado en múltiples casos

Durante 2024 y 2025, Amnistía Internacional recibió testimonios de mujeres y personas gestantes que describieron los obstáculos mencionados en el acceso al aborto en el Hospital Materno Infantil. Según estos testimonios, también hubo intervención de personas ajenas al equipo de salud que abiertamente intentaron desalentar la decisión de interrumpir el embarazo e incluso mujeres que, presentándose como personal hospitalario, se contactaron posteriormente para averiguar si la persona en cuestión había abortado o no. Este tipo de situaciones no se restringe a los mencionados años sino que continúa sucediendo en la actualidad.

«Difícilmente esta práctica puede entenderse como seguimiento clínico de rutina, respetuoso de la privacidad y la autonomía de las pacientes. Por el contrario, plantea serios interrogantes sobre el posible uso de datos personales obtenidos en el marco de la atención sanitaria», remarcaron desde Amnistía.

A su vez, la ONG también relevó testimonios de profesionales de la salud que fueron presionados para declararse objetores de conciencia en el Hospital Materno Infantil, bajo amenazas o apercibimientos laborales.

El Municipio de San Isidro se negó en reiteradas oportunidades a los pedidos de información pública realizados por Amnistía Internacional.

Ante ese escenario, Aministía demandó al Poder Ejecutivo municipal. El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N.° 2 de San Isidro ordenó al municipio informar si existían protocolos vigentes mediante los cuales la Secretaría de Salud hubiera instruido a los efectores de salud bajo su jurisdicción sobre la atención de solicitudes de aborto, así como remitir antecedentes, fundamentos y documentación.

La respuesta de la Municipalidad de San Isidro confirma la existencia del protocolo que obstaculiza el derecho al aborto, directiva que no fue debidamente publicada ni fundamentada.

La opacidad del Municipio «impide que las personas conozcan cuáles son las reglas que se aplican en la atención sanitaria, dificulta el control público y judicial, y deja a mujeres, personas gestantes y equipos de salud expuestos a prácticas contrarias a la ley», concluyó Aministía.

Si enfrentaste barreras, demoras, maltratos o desinformación para acceder a una IVE/ILE en San Isidro o en cualquier otra jurisdicción, podés contactarte con Amnistía Internacional Argentina: https://amnistia.org.ar/formulario-aborto

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