Aunque Arca lanzó un régimen especial para que clínicas y sanatorios regularicen deudas impositivas en hasta 60 cuotas, desde Aclisa aseguran que la medida no aborda los problemas estructurales del sector. Reclaman una solución al IVA y una actualización urgente de los aranceles de las prestaciones.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) puso en marcha un régimen especial de facilidades de pago destinado a establecimientos de salud con internación, con el objetivo de permitir la regularización de deudas tributarias y aliviar la situación financiera que atraviesa el sector.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 5858/2026, publicada en el Boletín Oficial, y busca facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales sin afectar la prestación de servicios considerados esenciales para la comunidad.
Sin embargo, desde la Asociación de Clínicas, Sanatorios y Hospitales Privados de la Provincia de Córdoba (Aclisa) sostienen que la iniciativa resulta insuficiente frente a la magnitud de la crisis que atraviesan los prestadores privados de salud.
“El sistema de seguridad social está prácticamente quebrado”, afirmó el presidente de Aclisa, Juan Grass, quien señaló que el problema central no radica únicamente en la acumulación de deuda, sino en la incapacidad económica de los establecimientos para afrontar tanto sus compromisos corrientes como los pasivos acumulados.
Según explicó, el nuevo plan permite refinanciar obligaciones y reduce el costo financiero de la deuda, pero no resuelve la falta de recursos que afecta al sector. “Las clínicas no pueden pagar las obligaciones mensuales y, al mismo tiempo, asumir un plan de regularización. La medida no genera un alivio real”, sostuvo.
Reclamos históricos del sector
Desde Aclisa remarcan que una de las principales distorsiones que afecta a clínicas y sanatorios está vinculada al tratamiento del IVA. Las instituciones adquieren bienes e insumos gravados por ese impuesto, pero gran parte de sus prestaciones están dirigidas a entidades de la seguridad social que se encuentran exentas.
Esa situación genera un crédito fiscal acumulado que no puede recuperarse y que, según Grass, podría utilizarse para compensar obligaciones tributarias pendientes.
“Es un costo que el sector viene absorbiendo desde hace años. Si existiera algún mecanismo de compensación, muchas instituciones tendrían una herramienta concreta para afrontar sus deudas”, señaló.
A ello se suma el reclamo por la actualización de los valores que perciben por las prestaciones médicas. Desde la entidad advierten que los aranceles abonados por organismos como Pami se encuentran muy por debajo de los niveles que consideran necesarios para sostener el funcionamiento de clínicas y sanatorios.
“El Pami es uno de los principales financiadores del sistema, pero existe una fuerte incertidumbre sobre los pagos y los valores que se reconocen. Eso deteriora la situación económica y termina provocando el cierre de establecimientos”, advirtió Grass.
Desde Aclisa alertan además que la problemática excede el plano empresarial y puede derivar en consecuencias sociales por la reducción de la oferta de servicios de salud.
Cómo funciona el nuevo régimen de Arca
El plan permite regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 31 de mayo de 2026, incluyendo intereses, accesorios y multas.
Entre los conceptos alcanzados figuran:
- Obligaciones impositivas y de seguridad social.
- Retenciones y percepciones impositivas.
- Tributos vinculados a operaciones de importación y exportación.
Arca aclaró que la adhesión al régimen no implica condonación de intereses ni liberación de sanciones.
Las principales condiciones son:
- Financiamiento de hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
- Pago inicial equivalente al 3% de la deuda consolidada.
- Tasa de financiación equivalente al 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente al 9 de junio de 2026.
- Cuotas y anticipo con un monto mínimo de 50.000 pesos.
Requisitos para acceder
Podrán adherirse los establecimientos comprendidos en el Título V de la Ley 17.132 que cuenten con la caracterización “481 – Establecimientos de Salud con Internación” en el Sistema Registral de Arca.
Además, deberán tener constituido el domicilio fiscal electrónico, presentar las declaraciones juradas correspondientes a las deudas a regularizar e informar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) para el débito automático de las cuotas.
La adhesión estará habilitada entre el 9 de junio y el 30 de septiembre de 2026 a través del servicio “Mis Facilidades” del organismo recaudador.
Quedan excluidos del régimen, entre otros conceptos, las cuotas destinadas a ART, determinados aportes y contribuciones a obras sociales, retenciones previsionales específicas y anticipos impositivos.
