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Oscar González y una declaración jurada «irrisoria»

Publicado por:Agustina Bortolon

El exlegislador está acusado de presunto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. Por esos cargos, el fiscal Hairabedian solicitó su detención.

El fiscal federal Maximiliano Hairabedian acusó a Oscar González, expresidente provisorio de la Legislatura provincial y dirigente del PJ cordobés, por presunto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.

Por esos cargos, Hairabedian solicitó que el dirigente sea detenido. Se espera que finalice la feria judicial para que el juez federal Miguel Hugo Vaca Narvaja determine qué pasará con González.

La causa deriva de otra, que llevó a juicio al exlegislador: el siniestro vial ocurrido en 2022 en las Altas Cumbres, que causó la muerte de una docente e hirió de gravedad a dos jóvenes.

La causa en la que Hairabedian pidió la detención surgió a partir de investigaciones paralelas al choque, impulsadas por una denuncia de la legisladora provincial del Frente de Izquierda Unidad, Luciana Echevarría.

En este marco, el fiscal comenzó a investigar el patrimonio de González y se topó con una importante cantidad de inmuebles. Por este motivo, libró un oficio a la fiscalía de Estado para que el imputado explicara el origen, pero el exlegislador se negó a dar alguna respuesta.

El patrimonio de González

En agosto de 2023, el juez de Control de la causa por el accidente en Altas Cumbres, José María Estigarrivia, dispuso el embargo de dos inmuebles propiedad de González.

En los fundamentos de su resolución, el magistrado había calificado de “irrisorio” el valor de mercado que González le asignó a cada inmueble en su declaración jurada ante la Legislatura y develó que el imputado tenía seis inmuebles más de los 11 que declaró al asumir como legislador.

En el caso del embargo, el juez dispuso que pesara sobre dos inmuebles de González: un departamento ubicado en Poeta Lugones 370, frente al Parque Sarmiento, y una casa en Hormaeche 331, en Villa Dolores.

Con ambos bienes, el juez dijo que se cubrirían unos 22 millones de pesos, para el supuesto caso que finalmente González sea encontrado responsable del siniestro y las consecuencias que de este derivaron. Pero, casualmente, el imputado transfirió la casa y el departamento a sus hijos: Oscar Martín González, Diego Raúl González y Ana Carolina González.

Montos «irrisorios»

El juez de Control analizó qué inmuebles eran plausibles de embargo para proteger una eventual indemnización a las víctimas y apuntó que «el monto asignado a cada bien resulta evidentemente irrisorio».

El magistrado lo plasmó así en la resolución: «Esto así, porque una casa habitación en un importante barrio de la ciudad de Córdoba, en Arquitecto Carlos Thays N° 83, es tasada en $ 924.000; departamentos en importantes zonas de la Capital se valúan en $ 35.000 (Poeta Lugones 370 y Chacabuco 744), $ 400.000 y $ 650.000 (Ituzaingo 494), $ 800.000 (Poeta Lugones 356); una cochera en pleno Centro, en $ 20.000 (Chacabuco 775); una casa ubicada en la ciudad de Villa Dolores, $ 50.000 (Hormaeche 331); el 50% de un lote en la misma localidad, en cinco centavos; un lote en la localidad de San Javier, $ 5.000; y una casa en el mismo lugar, $ 398.000; y el 50% de un lote en Yacanto, $ 40.000”.

Al revisar esos valores de mercado declarados por González en febrero de 2020, el juez concluyó: «Desde la óptica de una persona común con conocimientos mínimos de mercado se advierte sin mayor esfuerzo que los bienes descriptos conforman un patrimonio de importancia tal que supera largamente la cifra de 4 millones de pesos y me atrevo a decir que el monto indemnizatorio pretendido” por las presuntas víctimas, que asciende a 122 millones de pesos.

El juez Estigarrivia dejó asentado que en una revisión en los registros públicos fueron identificados 17 inmuebles a nombre de González, es decir seis más de los que estaban individualizados en la declaración patrimonial como funcionario; inmuebles a los que se suman un Audi Quattro y 92.158 dólares. Estos dos últimos ítems, sí están consignados en la declaración patrimonial.

“Mal puede sostenerse que el patrimonio del demandado no puede resultar suficiente para garantizar el futuro monto indemnizatorio (…) sino que hace presumir todo lo contrario”, dijo el juez.

Al sostener el embargo, Estigarrivia agregó: «No hay dudas de la verosimilitud (…) del inconmensurable daño producido por el siniestro en las adolescentes afectadas, ni tampoco lo podría haber en cuanto al luctuoso final de la madre de una de ellas (…). A su vez, nada puede asegurar la solvencia del demandado al momento de dictarse una eventual sentencia favorable a las pretensiones de las víctimas. No puede dejarse de lado que en el caso concreto la responsabilidad de (González) en dicho evento se presenta como una probabilidad».

Con información de Hoy Día Córdoba.

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