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Realizarán tres actividades sobre la instrumentación de la propiedad comunitaria indígena

En la Universidad Nacional de Córdoba y en la Casona de la Toma, hoy y el sábado se llevarán a cabo tres actividades sobre la instrumentación de la propiedad comunitaria indígena. Se trata de conversatorios y charlas-debates sobre el proyecto de ley que fue presentado reiteradas veces en el Senado, pero que no ha sido […]

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En la Universidad Nacional de Córdoba y en la Casona de la Toma, hoy y el sábado se llevarán a cabo tres actividades sobre la instrumentación de la propiedad comunitaria indígena. Se trata de conversatorios y charlas-debates sobre el proyecto de ley que fue presentado reiteradas veces en el Senado, pero que no ha sido tratado. El objetivo del proyecto es conseguir los títulos de propiedad para los territorios donde habitan las comunidades y que, de esa manera, no puedan ser vulnerados sus derechos sobre la tierra.

La Constitución Nacional argentina en su artículo 75, inciso 17, indica que le corresponde al Congreso “reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos”. Es por eso que a los cuerpos legislativos de la nación; el Senado y la Cámara de Diputados les corresponde aprobar leyes que determinen la situación del territorio indígena.

Distintas asambleas indígenas constituyeron un proyecto de ley sobre la propiedad comunitaria indígena. Este proyecto pretende conseguir los títulos de propiedad de las tierras que habitan los pueblos originarios para que no puedan ser desalojados de esos territorios y sea respetado su derecho sobre determinados lugares.

Cecilia Carrizo, integrante de estas asambleas y docente de la Facultad de Psicología indicó que: “Lo que trata de hacer esta ley es que la propiedad comunitaria indígena esté registrada, y por lo tanto tenga título y no puedan avasallarlos. Pero eso requiere, por ejemplo, que las provincias y la nación hagan esta ley, que las provincias inviertan en lo que sería la expropiación de los distintos territorios indígenas que están siendo avasallados y que están siendo defendidos”.

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A través de esta ley, que está justificada y argumentada en términos jurídicos y económicos, se tendrían los permisos catastrales nacionales y provinciales para las comunidades. A través del siguiente link, pueden chequear un esquema explicativo de la ley y los distintos actores involucrados: Proyecto de ley propiedad comunitaria indígena en argentina.

Para debatir este proyecto y otros temas referidos, se organizaron tres actividades. Desde esta mañana, en la Facultad de Ciencias Sociales de la UNC, se está llevando a cabo un conversatorio en el Box 1. A su vez, esta tarde desde las 18 hasta las 20 en el aula C 500 de la UNC, se realizará la clase sobre Política y Derecho Indígena.

En tanto que mañana, en la Casona de La Toma, ubicada en la calle León Pinedo 30 en barrio Alto Alberdi de la ciudad de Córdoba, se realizará un nuevo conversatorio sobre el proyecto de ley desde las 14:30.

Situación actual

Desde el año 1994 en adelante vienen sucediéndose, sobre todo, leyes de emergencia para evitar el desalojo de comunidades indígenas que están siendo avasalladas”, explica Cecilia Carrizo. Es que el Congreso de la Nación, en distintas oportunidades ha prorrogado la denominada ley de emergencia indígena N°26.160.

Esta normativa, indica en su artículo 1° “Declárase la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquellas preexistentes, por el término de 4 (CUATRO) años”.

Con esta ley, se suspenden los desalojos de comunidades indígenas registradas de tierras que ocupan, habitan y cuidan. Actualmente, la normativa ha sido prorrogada hasta el hasta el 23 de noviembre de 2021.

La profesora Carrizo no explica también que “algunas provincias han dictado leyes que reconocen la propiedad comunitaria indígena. Por ejemplo en San Luis han hecho reservas, por ejemplo en Santa Fé, en Chaco”. Pero agrega, que la situación en Córdoba es muy diferente ya que “desde el año 1885 existe una ley que disuelve la propiedad comunitaria indígena”.

Por este motivo, se invita a la comunidad a participar de las actividades mencionadas. Carrizo también agrega “En ese sentido, nos parece muy importante que desde Córdoba nos preocupemos por este tema”.

Por El Resaltador

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